- Nuevo Reglamento para las unidades de Auditoría InternaLa Contraloría General del Estado expidió un reglamento para las unidades de auditoría interna de las entidades que están bajo su control. Las Unidades de auditoría interna están bajo dependencia técnica de la CGE, esto quiere decir, que las actividades de las Unidades de auditoría interna deben estar ajustadas a los reglamentos y procedimientos que expide, aprueba o actualiza la Contraloría General del Estado. Los puntos más importantes en este reglamento son:
- Reconoce a la auditoría interna como una actividad crucial para aumentar efectividad y eficacia en los procesos, y evaluar su funcionamiento interno. La auditoría interna tendrá un control posterior para mejorar la estructura de forma.
- Determina que la Unidad de Auditoría Interna es la asesora directa a la máxima autoridad institucional.
- Determina su independencia frente a otras entidades estatales, otras personas y las actividades bajo su control. Establece a quienes no puede prestar el servicio de auditoria un auditor interno. Además, los auditores tienen facultad para realizar informes mas no para aprobar ciertas operaciones, como los avalúos que deberán ser solamente informados a la máxima autoridad.
- La CGE emitirá informes técnicos previos para la creación, supresión y/o reestructuración de las Unidades de Auditoría Interna.
- Las Direcciones Nacionales de Auditoría y Direcciones Provinciales elaborarán una planificación anual para el control de las Unidades Internas.
- La comunicación permanente de la Unidad de Auditoría Interna con la entidad en proceso de auditoría, desde el inicio del proceso hasta la obtención de resultados finales.
- Las Unidades de Auditoría interna deberán remitir el informe de auditoría suscrito y su documentación a la Dirección Nacional de Auditoría o Dirección provincial, para que verifiquen su información y posteriormente que la autoridad competente apruebe el informe de auditoría.
- El informe que haya sido aprobado y publicado por la CGE será enviado a la máxima autoridad de la entidad auditada y, al cabo de 5 días se remitirá a la Dirección Nacional de Auditoría, la constancia de la entrega del informe de auditoría.
- Establece la estructura de los equipos de las Unidades de Auditoría Interna, los mismos que deben vigilar que las garantías constitucionales del debido proceso y otras normas pertinentes, sean cumplidas en todo el proceso de auditoría. De igual forma, cumplir con el Código de Conducta Ética, reserva de información que la CGE considere confidencial, y también el personal deberá ser rotado para el fortalecimiento de las Unidades de Auditoría Interna.
- Se detallan las disposiciones reformatorias del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por procesos de la Contraloría General del Estado, por medio del Acuerdo 018-CG-2020:
- Funciones y atribuciones del subcontralor/a de auditoría.
- Funciones y atribuciones de los Directores/as Nacionales de Auditoría.
- Funciones y atribuciones del Director/a Provincial de Pichincha.
- Funciones y atribuciones de los Directores/as Provinciales (excepto el de Pichincha)
- Funciones y atribuciones de los titulares de las Unidades de Auditoría Interna ubicadas en las entidades que controla la Contraloría General del Estado”
- La derogación del Acuerdo 059-CG-2018.
ÁREAS DE PRÁCTICA RELACIONADAS CON ESTA PUBLICACIÓN:
- Derecho Administrativo y CP
